La plataforma ribera “Más Centrales No” ha solicitado al Gobierno de Navarra la admisión de un recurso de alzada contra una resolución del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se concede Autorización Ambiental Inte-grada (AAI) para la producción de energía eléctrica a la Central Térmica de Castejón, y que se declare contrario a la misma.
Según el documento presentado por la citada organización, en el momento en que la promotora de la central, la empresa Fuerzas Eléctricas de Navarra, S.A.U. solicitó la AAI -octubre de 2007-, en la Comunidad foral se aplicaba, por un lado la Ley Foral 4/2005 de Intervención para la protección ambiental y, a nivel estatal el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Novivas y Peligrosas (RAMINP). En el artículo 4 del RAMINP dice que este tipo de industrias “sólo podrán emplazarse a 2.000 metros del núcleo de población”. Sin embargo, este aspecto -la de Castejón está a 114-, no está regulado en la citada ley foral y además recoge expresamente que en Navarra no es de aplicación el RAMINP. Desde “Más Centrales No” indican la “dudosa validez constitucional de este apartado” y se aferran al reparto competencial entre el estado y las Comunidades Autónomas y a la jurisprudencia existente.