Opinión

Concejales al Paro

Faltan pocos días para que se acometa una reforma de la Ley Orgánica y los concejales, así como los cargos sindicales, podrán cobrar el subsidio del paro una vez cesen en el desempeño de sus funciones, llamadas públicas.

La reforma referida cuenta con la supervisión del Tribunal Constitucional, que ante la consulta planteada, establece que no se trataría de algo contrario a la Carta Magna, que mientras no se trate de funcionarios y la dedicación que aportan es en exclusiva, o lo que podemos llamar liberados.

Esta reforma que posibilita estas figuras para el cobro del subsidio de desempleo, se establece como digo con el aval del Constitucional, quien considera que la situación de estos cargos públicos debe ser asimilada a los trabajadores por cuenta ajena.

Ahora bien, en principio no me parece mal, pero es de imaginar que se limitará cómo acceder a la prestación, que no podrá ser de forma voluntaria y, por otro lado, ¿si en la siguiente legislatura, no forma parte de las listas o el puesto que ocupa, no es suficiente para que sea cargo electo?