Opinión

¿Está devaluado el autogobierno navarro?

La aplicación por el Gobierno central del recurso sistemático ante el Tribunal Constitucional, basándose en el artículo 161.2 de la vigente Constitución que señala que “el Ejecutivo central podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las CCAA”, ha supuesto de facto el vaciar de contenido las competencias legislativas de la Cámara foral navarra.

Dichas medidas constrictivas estarían convirtiendo a la Comunidade foral  en un autogobierno devaluado, enconsertado y sometido a los dictados del Gobierno central o Tribunal Constitucional de turno, pues desde el 2014 los Gobiernos del PP y del PSOE habrían presentado cerca de 40 recursos de inconstitucionalidad ante el TC, resueltos todos ellos con desigual fortuna.  

Vigencia del "pase foral"

Ezeizabarrena Sáenz, en su obra Los Derechos Históricos y el concepto de Pase Foral (Auñamendi Eusko Entziklopedia, 2008), explica que “el pase foral era la denominación de una facultad inscrita en el ámbito del Derecho foral del Reino de Navarra y las provincias vascas para no cumplir las órdenes emanadas de la Monarquía española declarándolas nulas si atentaban contra su legislación propia, los Fueros. En Navarra inicialmente también se denominó “derecho de sobrecarta” y se usaba bajo la tradicional fórmula de “Sea acatado, pero no cumplido”. Dicha facultad foral habría quedado plasmado constitucionalmente en el reconocimiento que la Disposición Adicional Primera (DA 1ª) de la norma suprema hace de los Derechos Históricos de los Territorios Forales, constituyendo “de facto” y de “iure” un pacto o acuerdo sobre una relación histórica y jurídica fruto de un iterprevio”. 

En la Constitución española vigente de 1978, se introdujo la Disposición Derogatoria Segunda (DR 2ª) que afirma que “en tanto en cuanto pudiera conservar alguna vigencia, se considera definitivamente derogada la Ley de 25 de octubre de 1839 en lo que pudiera afectar a las provincias de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya y en los mismos términos se considera definitivamente derogada la Ley de 21 de julio de 1876”. 

Sin embargo, la derogación antedicha sólo afectaría a los territorios forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, (pues nada se dice de Navarra en dichas líneas), con lo que, según Ezeizabarrena Sáenz, podría deducirse que la Ley confirmatoria de Fueros de 25 de Octubre de 1839 se mantiene vigente para Navarra y podría ser una herramienta de la Cámara y del Gobierno foral para acatar y no cumplir las imposiciones del Gobierno central  y de los Tribunales de Justicia.

El contrafuero

Otra herramienta del Gobierno foral para preservar su autonomía legislativa y autogestionaria sería la figura del contrafuero por la que “se faculta al Gobierno foral para solicitar su reparación al respecto de ese agravio ante aquellas infracciones que afecten al fuero, leyes, ordenanzas, usos, franquezas, exenciones, libertades y privilegios presuntamente cometidas por el Gobierno central o Tribunales de Justicia”.

En lo que respecta al euskera, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra sentó doctrina en el año 2019 al promulgar una sentencia que “anulaba la consideración del euskera como mérito en la zona mixta y no vascófona argumentando que era desproporcionada y discriminatoria”. Al amparo de dicha sentencia el Tribunal Administrativo de Navarra, anuló la exigencia de conocimiento de euskera en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Zizur Mayor para los puestos de secretaría, técnico de juventud y operario de obras estimando que “los puestos bilingües deben establecerse con arreglo a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad”. 

Sin embargo, dicho Juzgado habría obviado que para incontables puestos de la Administración se consideran méritos el inglés, el alemán y el francés, como “conocimientos generales” y sin necesidad de realizar ningún análisis específico del puesto de trabajo, por lo que cabe deducir que dicha sentencia sería “una decisión ideológica”. 

María Chivite se habría limitado a acatar dichas resoluciones pues tanto el PSN como UPN darían prioridad al inglés frente al euskera y no dudarán en impedir la expansión de la cartografía del euskera con el objetivo confeso de disputarse los votos de los electores de la zona no vascófona, de lo que sería paradigma la negativa del PSN y Navarra Suma a la petición del Ayuntamiento de Mañeru para integrarse en la zona mixta.

En esta tesitura, sólo cabe esperar que tanto EH Bildu como Geroa Bai y Contigo-Zurekin,  obliguen a la presidenta Chivite a recurrir a la aplicación del Contrafuero ante los sucesivos ataques a la autonomía foral cometidos tanto por el Gobierno central como por los Tribunales de Justicia.