Hablando de la sentencia del TSJN que obliga al Ayuntamiento de Castejón a dar a conocer el acuerdo suscrito con Elerebro -propietaria de las dos centrales térmicas de Hidrocantábirco-, ha asegurado que “el TAN con sus dos resoluciones ha resuelto que estamos ante un convenio ilegalmente declarado como confidencial por el Ayuntamiento y cuyo contenido es nulo porque: ‘las administraciones públicas no pueden suscribir válidamente convenio alguno sobre la base de actuar de un modo no conforme a la ley, y el Ayuntamiento es manifiestamente incompetente por razón de la materia para valorar por su cuenta un inmueble a estos efectos tributarios’. Ahí es nada”.
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