Un trabajador del Ayuntamiento de Castejón ha ganado el recurso interpuesto con el sindicato LAB contra el acuerdo del ayuntamiento por el que le recortaban en un 12% el complemento de puesto asignado.
El Ayuntamiento en el informe que presentó ante el TAN, acusaba al trabajador de pretender “dos de la vela y de la vela dos”, teniendo el complemento por trabajo a turnos pretende seguir cobrando el complemento de puesto entero. Justifica que el recorte se debe al haberse reducido la disponibilidad para trabajar fuera de su jornada ordinaria, pese a que reconoce que no ha habido modificación de sus tareas y funciones.
El TAN, sin embargo, da la razón al trabajador: el complemento de puesto de trabajo no se puede modificar en función de la disponibilidad horaria, “si realmente existió disponibilidad esta debería haber sido retribuida mediante el complemento de dedicación exclusiva”. Y concluye que además los dos complementos son perfectamente compatibles, parafraseando lo argumentado por el ayuntamiento de Castejón, que “sí cabe pretender dos velas y de la vela dos cuando el candelabro tiene cabida para más de una vela”.
Ya son varias las sentencias que se ganan contra las arbitrarias decisiones del ayuntamiento: contra los calendarios impuestos para el 2009 y 2010, reclamación de las compensaciones por turnicidad y trabajo en domingos y festivos, cuando el resto de personal ya cobraba sin problemas por los mismos conceptos.