El comercio,

Si es un sector de la economía, que es especialmente castigado con las

crisis, de esta que ya perdura aunque digan lo que digan, no se salva, o

mejor no se ha salvado y ha sufrido en sus carnes más que otros sectores

económicos.

Locales y locales que quedan en “barbecho”, personas que  se han dedicado

siempre al  comercio, y que han tenido de echar el cierre para no subirlo

más, personas que carecen en su gran mayoría de capacidad de reciclaje

laboral en otros sectores. Familias que habían apostado su vida siguiendo

el negocio de los padres, de los abuelos, y que ven terminado un medio de

vida y de trabajo.

Y ahora viene “LA PUNTILLA”, la aplicación  de la Disposición Transitoria

Tercera Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos,

habiendo entrado en vigor el 1 de enero de 1995, fija como último plazo de

todos aquellos previstos para la regularización de rentas, en veinte años.

Y esa aquí, donde aquellos que mediante cónyuges y  descendientes de los

comerciantes de toda la vida, que se subrogasen podrían continuar con la

vigencia del contrato hasta los veinte años de la entrada en vigor de la

ley.

Pus bien ya se cumplen y esos contratos “VAN A QUEDAR EXTIGUIDOS”. Renovar si se renueva y asumir, o poder asumir las nuevas condiciones de mercado

al margen de las regularizaciones sufridas en estos años, va a suponer un

serio hándicap, que en ocasiones se tornará en infranqueable, y que como

decimos “up supra”  va a suponer el remate final para más de un comercio,

para más de un comerciante, que se encuentra en situaciones “más que

complicadas”.

Nosotros, los consumidores, no compramos como antes, claro que tampoco

podemos, la situación económica no permite consumir, salir de compraos, se

puede haber convertido en un pasatiempo que no compra, que en una labor

consumista, y eso no sostiene a pequeño comercio de las ciudades que en la

nuestra ciudad, en las poblaciones de la comarca y en general en todos y

cada uno de los pueblos y ciudades, está para muy poco. Y recordemos que

este “rejón de muerte” al comercio, no es solo se refiere tanto a las

actualizaciones de renta sino a la rescisión del contrato. Para entender

todos, muy probablemente “al cierre”.