Por razones que sólo ellos conocen, y sin que se hayan culminado por el Gobierno de Navarra todos los expedientes de declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes, el Ayuntamiento de Cabanillas se ha apresurado a aprobar la ocupación temporal y la desafectación de cientos de miles de metros cuadrados de comunal, que van a ser destinados a la instalación de una actividad industrial en suelo rústico protegido. Y digo industrial porque, aunque los urbanistas de Pamplona se empeñen en lo contrario, así la califica expresamente la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental en sus Anexos I y II.
Esto, por si solo, ya resulta un poco llamativo, pero lo es más, y a mi juicio, hasta cierto punto indignante, el contenido de los Pliegos que regulan la desafectación.
Si no tuviera la absoluta seguridad de que los ha redactado el Muy Ilustre, uno tendería a pensar que parecen redactados por los industriales cesionarios y en beneficio de ellos. Les pongo tres ejemplos.
En primer lugar se incluye una claúsula que obliga a nuestro Ayuntamiento, o sea, a todos los vecinos, a indemnizar a las personas que tuvieran algún derecho de aprovechamiento de cultivo sobre las parcelas de las que se van a aprovechar los industriales.
Es evidente que esta cláusula perjudica a nuestro pueblo ya que los beneficiarios de la desafectación (los industriales) son los que deberían pagar esas indemnizaciones y no cargárselas a Cabanillas.
Hay más.
La cláusula sexta de los Pliegos aprobados prevé la posibilidad de que la empresa cesionaria ceda, a su vez, a terceras personas, los bienes desafectados si aquella “se viera obligada”.
Esta expresión, bajo mi punto de vista, es lo suficientemente difusa para que en ella quepa todo, o casi todo y, a mi juicio, podría dejar abierta la puerta a que en un futuro, y en determinadas circunstanciasse especulase con nuestro monte comunal.
Pero aún queda lo peor.
En relación con el canon, se establecen dos tramos temporales en función del momento de la puesta en marcha de la industria, es decir del momento en que los industriales empiezan a ganar dinero con las nuevas instalaciones. Dicho criterio que atiende exclusivamente al beneficio empresarial de los ocupantes, se aparta del que maneja el Gobierno de Navarra que establece que el canon debe resultar adecuado a la actividad que se instala, a las afecciones producidas y al periodo en el que el terreno no va a estar disponible para la entidad local.
En Cabanillas no.
Cabanillas cobrará, hasta la fecha de puesta en marcha la cantidad de 495€/hectárea/año o la parte proporcional en caso de que la duración sea menor. A este respecto conviene recordar que los proyectos estiman en siete meses el plazo de ejecución. Durante ese periodo de tiempo, de acuerdo con los proyectos, nuestro monte se verá sometido a la ejecución de unas obras de gran impacto; se estarán produciendo colosales movimientos de tierras; se estarán realizando enormes inyecciones de hormigón y talas de arbolado si hace falta; formidables demoliciones que incluso podrían hacerse mediante voladuras; se estarán abriendo nuevos caminos al servicio de la industria, kilómetros de nuevas zanjas para canalizaciones y tendrá lugar un monstruoso tránsito de vehículos de gran tonelaje, hormigoneras, excavadoras, grúas, camiones y maquinaria muy pesada. Por el módico precio de ocho mil euros o menos, todo incluido.
El resultado vuelve a perjudicar a Cabanillas que dejará de recaudar mucho dinero por este conceptomientras su monte comunal se degrada.
Todo ello, y alguna otra cosa más, requeriría una explicación seria y urgente a los vecinos por parte de nuestros administradores municipales.
Sin embargo, en lugar de explicarse, algunas personas pierden el tiempo mandando “recaos” ypracticando repugnantes tercerías, incluso por escrito y con membrete. Pero de eso hablaremos otro día con más detalle.
Les dejo aquí el enlace a los pliegos por si tienen interés:
https://cabanillas.sedelectronica.es/transparency/91ff079f-0d7b-414f-aa2e-b343fbaae1eb/