Mientras asistimos a cierres de establecimientos cuyos dueños se niegan a
aplicar la ley antitabaco y les imponen multas millonarias, la tercera
central térmica de Castejón propiedad de Elerebro-Hidrocántabrico,
considerada como molesta, insalubre y nociva, potencialmente peligrosa, y
sin duda contaminante, declarada ilegal por 3 sentencias diferentes
dictadas por los TSJ de Navarra y Madrid, no tiene mayores problemas para
producir electricidad desde septiembre de 2007.
La denegación de la ejecución provisional de la primera sentencia que
ganamos en diciembre de 2007 llega 15 meses después de que la pidiéramos
(noviembre de 2009) y la hemos conocido a través de unas declaraciones del
consejero de Presidencia al que se le preguntaba sobre la última sentencia
del TSJ Madrid, (que se nos notifica 5 meses después de ser dictada) que
anula la autorización dictada por el Ministerio de Industria para que se
instale la central.
El auto judicial denegatorio no hace sino dar firmeza a los hechos
alegados por la multinacional eléctrica, según la cual perdería contratos
de compras, entre ellos de gas, cuantificando la empresa unos perjuicios
anuales de 130 millones de euros y que además afectaría a sus 50
empleados.
Los perjuicios contra la salud y el medio ambiente alegados por la
Plataforma como resultado de la actividad de esa instalación ilegal no son
tenidos en cuenta por el Tribunal en la medida en que son presentados de
manera genérica sin estar cuantificados.
El tiempo que nosotros no tuvimos para concretar esos datos, puesto que en
el momento en que pedimos la ejecución provisional muchos de ellos no eran
oficiales, lo tuvo el tribunal en esos 15 meses que ha tardado en denegar
nuestra petición. Y no era difícil, tan solo debía acudir a las fuentes de
información oficiales de las propias administraciones: Ministerio de
Medioambiente, de Industria, Red Eléctrica Española, Comisión Nacional de
la Energía, Confederación Hidrográfica del Ebro, Gobierno de Navarra….
En ellas descubriría las toneladas de CO2, de NOx y de otros contaminantes
emitidos a la atmósfera por esa central a lo largo de todo el tiempo en
que ilegalmente sigue funcionando, los millones de litros de agua
consumidos, los incumplimientos de los valores objetivos de protección a
la salud por ozono que se dan en las 3 estaciones de medición que las
térmicas de Castejón tienen en Arguedas, Tudela y Funes.
Con la resolución dada en este auto se pone de manifiesto que la justicia
solo queda al alcance de los poderosos, no teniendo ningún pudor el
tribunal en apoyar su decisión en la imposibilidad de la Plataforma de
hacer frente a la hipotética fianza que pudiera haber impuesto por los
perjuicios causados.
Ahora es el momento de pedir la ejecución provisional de la sentencia
ganada ante el TSJ de Madrid confiando en que la distancia, en este caso,
dé mayor objetividad al Tribunal.