Opinión

De Reino de Navarra a provincia española

La Ley española de modificación del Fuero de Navarra del 16 de agosto del año 1841, también mal llamada Ley Paccionada, surgió tras la falsa promesa auspiciada en la Ley de confirmación de los Fueros navarros y vascongados del 25 de octubre del año 1839, tras el traicionero abrazo de Bergara. Dicha Ley, sufragada bajo la promesa hueca y el engaño pausible de los liberales españoles de un mantenimiento en el régimen Foral navarro y vascongado, sirvió para eliminar el referente estatal correcto y propio de los vascos, el Reino de Nabarra, y asentar la constitución española del año 1837.

La transformación del Reino de Navarra en la pro-vinci española de Navarra, fue desarrollada y preparada en las cortes españolas de Madrid, pero contando con el necesario beneplácito de diferentes colaboracionistas españoles como Yanguas y Miranda, siendo este un personaje necesario en la elaboración de las bases de estas Ley, extranjera y por ende, en claro Contrafuero para los navarros.

Hoy día y por desgracia para la sociedad navarra que convive con la triste actualidad de una ser una simple comunidad foral y española, términos realmente antagónicos para los navarros, muchos ciudadanos de esta Comunidad uniprovincial, bien por intereses personales o desconocimiento histórico-político, sostienen y fomentan la interpretación capciosa dada por todos los agentes nacionalistas españoles, altamente colonialistas, en la cual no se cansan de repetir y sostener, contra el viento histórico y la marea política propia de Nabarra, pero altamente beneficiosa para sus intereses económicos personales y los de su reino de España, lo siguiente:

“El contenido de la Ley de modificación del Fuero de Navarra o Ley Paccionada, es un auténtico pacto que vinculaba al estado(español), a semejanza del pacto que se realizaba en el pasado los Reyes(legítimos)de Navarra, por el cual, estaban obligados a jurar y respetar los Fueros del Reino de Navarra.”

En esta Ley, y no es broma, se imponían por parte española e imaginariamente se aceptaban por parte del Reino o Estado de Nabarra, todas las reformas políticas, institucionales, legislativas y judiciales que la monarquía liberal española estaba realizando en el reino de España, eliminándose también por mandato e imposición español, las leyes e instituciones legislativas y judiciales de los navarros, que en definitiva eran diferentes y ajenas a las españolas. Esta imposición jurídico-política española en el Reino de Nabarra, se vio facilitada tras la derrota del pretendiente al trono español, Carlos María Isidro de Borbón, una vez finaliza la denominada primera guerra carlista, en la cual, la mayoría de los navarros y también de los vascongados, se organizaron bajo bandera carlista por la promesa de conservación de los Fueros del Reino de Nabarra y de las provincias Vascongadas.

Por ello, Nabarra dejó de ser un Reino o Estado, el cual realmente era más autónomo que verdaderamente soberano, y pasó a ser una mera y simple provincia de las 49 en que había dividido el imperio un ministro español en el año 1833. Para ello, se exterminaron o eliminaron las Cortes de Nabarra, perdiéndose la poca independencia legislativa y judicial que aún se mantenía de forma residual e ilegítima, en las 5 Merindades o Navarra residual.