Opinión

Me reclaman una deuda desde el juzgado

Me ha llegado un escrito del juzgado: una antigua compañía de luz, que ya casi había olvidado, me reclama 500 euros y la verdad es que no sé si pagar o no. Decenas de personas están acudiendo, inquietos, a la Asociación de Consumidores de Navarra Irache por situaciones similares a esta. 

Se trata de procesos monitorios de supuestas deudas originadas años atrás, por un cobro que el usuario no consideró justo o una penalización al cambiar de compañía. Ahora, por el proceso monitorio, el consumidor solo tiene veinte días hábiles para oponerse a la reclamación de deuda. Si no lo hace ni paga la cantidad reclamada en este tiempo, el juzgado entenderá que la deuda es firme y puede abrir un proceso de ejecución forzosa para que la deuda sea abonada.

Si, por el contrario, el consumidor se opone a la demanda en los veinte días estipulados, el juzgado trasladará esta oposición a la empresa demandante. Esta tendrá diez días para impugnar y solicitar la celebración de la vista. 

Una vez que el consumidor ha presentado escrito de oposición, muchas compañías no lo impugnan y la reclamación se queda ahí. Si, por el contrario, quieren seguir adelante y solicitan la celebración de juicio, el consumidor podrá acudir sin abogado ni procurador -siempre que la cantidad reclamada no supere los dos mil euros- y podrá exponer por sí mismo sus argumentos ante el juez.

El problema de estos procesos es que, si el consumidor no se mueve con agilidad y hace el escrito de oposición en veinte días, perderá el dinero que le reclaman, sin poder defenderse. Algunos afectados han llegado a reclamar pasado este plazo y ya no había ningún margen de maniobra. 

Otros, por suerte, sí han acudido a tiempo a Irache, desde donde se les ha ayudado a realizar el escrito de oposición. Como hemos indicado, en algunos casos, una vez enviada la contestación, la empresa no ha querido continuar el proceso y el consumidor no ha tenido que pagar nada. En otras ocasiones, han querido llegar a juicio, al que ha acudido el afectado y ha sido el juez el que ha decidido quién tenía razón. 

Por tanto, si recibe un escrito judicial en el que se le habla de un proceso monitorio, no deje pasar el tiempo y asesórese cuanto antes sobre los pasos a dar.