Opinión

Amnistía o indulto general

En 1977 se decretó una amnistía general para todos los delitos políticos, que incluyó, por un lado, a las autoridades franquistas y, por el otro, a los miembros de las bandas terroristas que operaban entonces, ETA y el GRAPO inclusive. En 1978 se promulgó la Constitución actualmente vigente. Y en su Artículo 62 establece, entre otras atribuciones, que le corresponde al Rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la Ley, que no podrá autorizar indultos generales. ¿En una hipotética Ley de Amnistía no se le estaría arrebatando esa competencia constitucional al Monarca? Puede parecer que en efecto así es, pero cabría formularse otra pregunta, a saber, ¿la expresión indulto general significa lo mismo que amnistía? Yo pienso que sí, pero la respuesta la tendrá que dar el Tribunal Constitucional. En cualquier caso, desde el punto de vista de la Filología, hay que tener en cuenta que la sinonimia nunca es absoluta. Por ejemplo, las palabras asno, jumento, pollino y burro podrían parecer sinónimos absolutos, pero ni tan siquiera en este caso es así, porque burro contiene semas, es decir, componentes semánticos, significaciones, que no recoge la palabra asno. Este hecho lingüístico queda demostrado cuando nos referimos a burrada como sinónimo de barbaridad. En cambio, la palabra asno o jumento se refieren de una forma más aséptica, fría e indiferente al animal en cuestión. Y pollino contiene semas de afecto hacia este animal que está en vías de extinción. Para las personas de nuestra generación, ha sido completamente normal observar burros en nuestros pueblos, pero me temo que las nuevas generaciones solo conozcan a estos bellos animales en muchos casos de oídas. En este sentido, cabe recomendar el bellísimo libro de prosa poética Platero y yo, del genial Juan Ramón Jiménez, patriarca del modernismo español y Premio Nobel de literatura de 1956. 

Aunque no soy jurista, opinaré que una Ley de Amnistía no tiene encaje constitucional por lo que ordena el art. 62. Lo que el Tribunal Constitucional concluya o dictamine será una prueba de fuego para clarificar si se mantiene incólume la separación de poderes después de su renovación. El problema no radica en si este o aquel órgano son de izquierdas o de derechas, sino en si sus sentencias, decisiones o políticas en general se realizan con arreglo al Derecho, a la imparcialidad y respetando los principios básicos de la ética y del decoro. No se trata de bailarle el agua ahora al PP, que protagonizó escándalos y tramas de corrupción que causaron una honda indignación, sino de garantizarnos que los dirigentes actuales no son capaces de todo para continuar en el poder. La falta de escrúpulos en política, así como en los demás sectores profesionales y sociales, es lo más condenable, más allá de si se pertenece a uno u otro grupo político. Que el PSOE pusiese en peligro la unidad de España representaría una gravísima inmoralidad porque el nacionalismo periférico no ha contado nunca con suficientes adeptos ni apoyos electorales como para legitimar un proceso semejante. 

Desde mi punto de vista, con un 50% más 1 de apoyo nacionalista en las elecciones no se puede hablar ni tan siquiera de pactar una consulta a la ciudadanía porque para que se produzca una secesión en un Estado ha de superarse, como mínimo, el 50% de la totalidad del censo, y aún esto sería insuficiente a mi modo de ver. Yo no soy favorable a la independencia porque España es un país con muchos siglos de andadura, que pertenece a la UE y que realmente se dotó de una legislación democrática. Y las injusticias que sufren las personas menos adineradas no las van a solucionar ni el comunismo ni el independentismo, sino una renovación a la luz del Evangelio del corazón de cada ser humano.