La Rioja

La Rioja ya permite la caza y la pesca

Las solicitudes de licencias se tramitarán a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja.

La nueva ley afect
photo_camera Disfrutando de un día de caza

La caza y la pesca se permitirán en La Rioja a partir del 18 de mayo tras la decisión del Gobierno de España de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad. Desde este lunes, el Gobierno de La Rioja tramitará todas las solicitudes de licencias de caza y pesca a través de la oficina electrónica disponible en www.larioja.org/oficina-electronica.

La actividad cinegética, tanto las labores ordinarias de caza como las de control por daños de fauna silvestre, se reanuda tras las medidas de confinamiento decretadas para frenar la expansión del COVID-19. De esta forma, se podrán desarrollar las acciones que ya estaban autorizadas respecto a las especies cinegéticas, los periodos hábiles de caza menor y mayor y los terrenos definidos. Para ejercer la caza organizada que implique a más de un cazador, se deberá disponer de un plan de actuación por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevención e higiene requeridas. 

Para la práctica de la pesca será prioritario cambiar los permisos que no han podido ser disfrutados y, para ello, la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica contactará directamente con los titulares. Además, se habilitará la expedición de licencias de pesca exprés de forma telemática a través del teléfono 941 29 12 53 o de la oficina electrónica: www.larioja.org/oficina-electronica/es. Para la selección de permisos, los usuarios podrán consultar la disponibilidad en tiempo real en www.larioja.org/permisosdepesca

El Ejecutivo regional recuerda que, actualmente, los titulares domiciliados en otras provincias no podrán desplazarse hasta La Rioja por la limitación de movilidad. Asimismo, se solicita respetar la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias: cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla; no se compartirán los instrumentos de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida; y se deberá limpiar y desinfectar el vestuario y los utensilios de caza y pesca después de su uso.