El Supremo reconoce el derecho a recurrir la pérdida de puntos

La pérdida de puntos se puede recurrir. Ya se venía haciendo durante los últimos tres años por parte de las compañías de defensa de los conductores y por los usuarios particulares que disentían de la penalización, aunque esos recursos no properaban.

Ahora, sin embargo, se podrá hacer, ya que una sentencia del Tribunal Supremo dictada hace unos 15 días y que corroboraba la legalidad del sistema obligará a Tráfico a cambiar su argumento.

Las cosas cambian por un pequeño, pero importante matiz. El Supremo admite en su fallo lo que Tráfico negaba reiteradamente: «Es indudable que la pérdida de puntos es una medida que tiene carácter sancionador».

Millones de Puntos, en Entredicho

De este modo, el Alto Tribunal reconoce el derecho del conductor a recurrir la pérdida de puntos aunque se hubiera pagado la multa acogiéndose al descuento del 30% por pronto pago. Y no sólo eso, «es exigible que al notificarse al interesado la resolución sancionadora se le indique de forma clara la pérdida de puntos que llevará aparejada la sanción una vez que sea firme».