La Rioja

La Rioja en “extrema gravedad”

Consulta aquí las medidas anticovid dentro del actual Estado de Alarma que ha adoptado el Gobierno riojano. 

La presidenta del Gobierno de La Rioja, Concha Andreu, en la comparecencia de ayer junto con la consejera de Salud y portavoz, Sara Alba, y el director general de Salud Pública, Consumo y Cuidados, Pello Latasa
photo_camera La presidenta del Gobierno de La Rioja, Concha Andreu, en la comparecencia de ayer junto con la consejera de Salud y portavoz, Sara Alba, y el director general de Salud Pública, Consumo y Cuidados, Pello Latasa

La presidenta del Gobierno de La Rioja, Concha Andreu, compareció ayer junto con la consejera de Salud y portavoz, Sara Alba, y el director general de Salud Pública, Consumo y Cuidados, Pello Latasa, para dar a conocer las nuevas medidas anti Covid-19 que entrarán en vigor a las 00:00 horas del viernes 22 de enero. 

Andreu realizó un breve análisis de la situación epidemiológica a la que tildó de “extrema gravedad”. “Los niveles de incidencia del coronavirus en La Rioja son dramáticos. Los niveles de ritmo en los contagios son alarmantes. Y los niveles de presión sobre nuestro sistema sanitario son insostenibles”, aseguró.

Por ello, la líder del Ejecutivo regional asumió “la necesidad de la adopción de medidas de impacto generalizado sobre toda la población”, pese a que “no deseábamos adoptarlas”.

Estamos en una situación crítica: Crítica a nivel epidemiológico y crítica en nuestros hospitales” aseguró ayer el Director General de Salud Pública, Consumo y Cuidados del Gobierno, Pello Latasa, quien alertó de que a día de hoy en La Rioja “nos encontramos en situación de transmisión comunitaria sostenida en toda la Comunidad”. 

Pello Latasa explicó de que con las actuales previsiones “podríamos llegar a superar los niveles de la primera ola” y como ejemplo claro las UCIS, donde en nuestra Comunidad llegó a haber 40 ingresados por COVID y “si seguimos con estos datos podríamos llegar a necesitar hasta 80 camas en la UCI a principios de febrero, unas UCIS que en estos momentos no tenemos”. Recordó que La Rioja cuenta con 54 camas UCI preparadas, pero llegar a tener que utilizarlas tiene consecuencias como el cierre progresivo de quirófanos y el aumento de las listas de espera, primero las quirúrgicas y posteriormente las de consultas”. Además, de los 16 quirófanos que hay en el Hospital San Pedro, “unos 8 están ya parados porque se destinan a Críticos y hemos tenido que dejar de programar algunas intervenciones quirúrgicas no urgentes por otras patologías”. Las previsiones de Salud, indican también que los ingresos en planta “pueden alcanzar las cifras de abril, cuando llegamos a tener a 393 personas hospitalizadas por COVID en planta” ha recordado. 

Latasa alertó de que, con los datos de hoy, “el COVID puede poner a la sanidad riojana al borde del colapso y en peligro la salud de todos los riojanos”. 

Por su parte, la Consejera de Salud, Sara Alba, recordó que con la actual situación “tenemos que actuar drásticamente y de manera inmediata porque cualquier lugar y cualquier circunstancia donde se junten personas supone riesgo de contagio”. Por todo ello, anunció: 

- El confinamiento perimetral de todos los municipios de La Rioja. La movilidad de los vecinos de cada una de las localidades riojanas sólo podrá darse para la compra de bienes básicos y para las excepciones que ya conocen por medidas anteriores. 

- Cerrar, durante toda la jornada, la atención al público en todos los locales y establecimientos minoristas, incluso en los mercadillos, excepto en los negocios considerados esenciales.

- Estarán cerrados también museos, archivos, bibliotecas y locales de espectáculos públicos, actividades deportivas y de ocio que no se consideren esenciales.

- En hostelería y restauración sólo podrán prestarse, exclusivamente, los servicios de entrega y recogida a domicilio.

- Los centros comerciales permanecerán completamente cerrados desde las 00:00 horas del sábado hasta las 00:00 horas del lunes, para toda su actividad. 

- La permanencia del público en los establecimientos que estén abiertos tiene que ser la mínima imprescindible. Queda prohibida la posibilidad de consumo en los propios establecimientos, así como en la vía y espacios públicos.

- Sólo podrán reunirse los miembros de una única unidad conviviente. Tanto en espacios públicos como privados. En cualquier lugar y por cualquier motivo. Las excepciones son: 

  • las personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada. 
  • las reuniones de menores de edad con sus progenitores, si no conviven con ellos, 
  • las reuniones de personas con vínculo matrimonial, de pareja o análogo, si no conviven en el mismo domicilio, 
  • las reuniones para el cuidado, la atención o el acompañamiento de menores, mayores, personas con discapacidad, dependientes o vulnerables cuando resulte necesario para el normal desenvolvimiento de esa persona. 
  • Y tampoco se aplica esta limitación en las actividades directamente relacionadas con el ámbito laboral, educativo, institucional, profesional o ni otras actividades para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
  • Asimismo, también se mantiene el confinamiento perimetral de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Estas medidas anticovid se publicarán en el BOR del jueves y entrarán en vigor a las 00:00 horas del viernes, 22 de enero, y estarán vigentes hasta las 00:00 horas del 23 de febrero, y como viene sucediendo con todas las medidas desde que comenzó el estado de alarma, serán revisables semanalmente en el Consejo de Gobierno. 

Alba insistió nuevamente en la recomendación de autoconfinamiento para toda la población. Muy especialmente para los mayores de 65 años.

La Consejera se refirió también a los dos brotes en el Hospital San Pedro “y de un tercer brote en el Hospital General de La Rioja que podría afectar a 2 pacientes de dicho centro y se encuentra todavía en estudio” ha puntualizado, al tiempo que explicó que “los brotes que tenemos se deben a una mala práctica de las personas que han acudido al Hospital a ver a sus familiares y amigos que con su actitud han puesto en riesgo al Sistema Sanitario”. Por ello dijo que a partir de ahora se realizará un registro de estas personas para controlar que sea siempre la misma persona y se puedan trazar los contactos en el hospital.

“Las previsiones nos indican que nos podemos encaminar a un colapso sanitario y estas medidas anticovid pueden evitar que lleguemos a este punto, pero todos tenemos que cumplirlas y ser estrictos en su cumplimiento. En todo momento. En todos los ámbitos de nuestra vida” concluyó Sara Alba.

Medidas ANTICOVID del 22 de enero al 23 de febrero 

Medidas generales enero La Rioja

Locales y establecimientos esenciales

  • Farmacias 
  • Comedores de hoteles y casas rurales
    Únicamente podrán servir comidas a las personas que se encuentren alojadas. 
  • Comedores escolares, restauración en centros y servicios sanitarios y sociosanitarios 
  • Servicio de comida a domicilio o recogida 
    Recogida, sin consumo en el establecimiento ni en la vía/espacios públicos por parte del cliente hasta las 22:00h. La entrega a domicilio se permitirá durante el horario de apertura de la licencia correspondiente. 
  • Servicios en la cadena de producción de material sanitario 
  • Establecimientos comerciales minoristas 
    • Alimentación 
    • Bebidas
    • Productos y bienes de primera necesidad 
    • Farmacéuticos 
    • Sanitarios 
    • Veterinarios 
    • Ópticas 
    • Productos ortopédicos 
    • Productos higiénicos 
    • Prensa y papelería 
    • Gasolineras 
    • Estancos
    • Telecomunicaciones e informática 
    • Alimentación para animales de compañía
    • Comercio por internet 
    • Tintorerías y lavanderías 
    • Peluquería a domicilio 
    • Electrodomésticos
    • Librerías 
  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios
    • Personal de atención a mayores, menores, personas dependientes o con discapacidad.
    • Personal de servicios funerarios y actividades conexas.
    • Atención sanitaria a animales. 
  • Servicios financieros y bancarios 
  • Despachos, asesorías, gestorías legales, notarías y registros 
  • Servicios de limpieza, mantenimiento y reparación de averías urgentes 
  • Servicios de transporte 
    • Personas y mercancías. 

Actividades esenciales La Rioja

Locales y establecimientos no esenciales 

Esparcimiento, diversión y ocio 

  • Café-espectáculo, circos, locales de exhibiciones, salas de fiestas,
  • restaurante-espectáculo, otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
  • Bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Parques de atracciones, ferias y asimilables. Casetas de feria. Parques zoológicos. Parques recreativos infantiles.
  • Recintos abiertos y vías públicas: Verbenas, desfiles y fiestas populares o manifestaciones folclóricas. 

Culturales y artísticos 

  • Auditorios y cines. Plazas, recintos e instalaciones taurinas. Pabellones de congresos, salas de conciertos, salas de conferencias, salas de exposiciones, salas multiuso y teatros. Museos y salas de exposiciones. Archivos. Bibliotecas. Monumentos. Espectáculos públicos. Centros de interpretación. 
  • Deportivos 
  • Locales o recintos cerrados, campos de fútbol, rugby, béisbol y asimilables. Campos de tiro al plato, de pichón y asimilables. Galerías de tiro. Pistas de tenis y asimilables. Pistas de patinaje, hockey sobre hielo, sobre patines y asimilables. Piscinas. Locales de boxeo, lucha, judo y asimilables. Circuitos permanentes de motocicletas, automóviles y asimilables. Velódromos. Frontones, trinquetes, pistas de squash y asimilables. Polideportivos. Boleras y asimilables. Salones de billar y asimilables. Gimnasios. Pistas de atletismo. Estadios. Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados. 

Espacios abiertos, vías públicas y ocio 

  • Caza y pesca. Recorridos de carreras pedestres, pruebas ciclistas, motociclistas, automovilísticas, motocross, trial y asimilables. Pruebas y exhibiciones náuticas y aereonáuticas. Verbenas, desfiles y fiestas populares o manifestaciones folcróricas. Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados. 

Actividades recreativas 

  • De baile: Discotecas, salas de baile y salas de juventud.
  • Deportivo-recreativas: Locales o recintos, sin espectadores, destinados a la práctica deportivo-recreativa
  • de uso público, en cualquiera de sus modalidades y albergues juveniles.
  • Juegos y apuestas: Casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas. Locales específicos de apuestas, incluidas las administraciones de loterías. Otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme
  • a lo que establezca la normativa sectorial en materia de juego. 

Hostelería y restauración 

  • Tabernas y bodegas. Cafeterías, bares, café-bares y asimilables. Chocolaterías, heladerías, salones de té, croissanteries y asimilables. Restaurantes, autoservicios de restauración y asimilables. Bares-restaurante. Bares y restaurantes de hoteles, excepto para dar servicio a sus huéspedes. Salones de banquetes. Terrazas. Sociedades gastronómicas. 

Actividades, servicios no esenciales La Rioja

Dudas sobre las Medidas COVID-19 en La Rioja en: 941 294050 ([email protected]