Tudela

Los cuartos, a examen

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Seguramente, mientras usted esté leyendo este reportaje varias cuadrillas de jóvenes habrán comenzado una búsqueda contra reloj por las calles de Tudela con un mismo objetivo: encontrar un cuarto para fiestas. Una tradición casi tan arraigada en la capital ribera como la de descorchar una botella de champán el día del cohete. Y es que, si se tiene un local donde poder reunirse con los amigos y pasar las horas que muchas veces llamamos “muertas” de las jornadas festivas, parece que uno lo pasa mejor.

Ahora bien, a partir de este año, esta peculiar aventura no consistirá sólo en encontrar local, sino que también pasará por inscribirse en un registro de cuartos municipal, cumpliendo así con la Nueva Ordenanza Reguladora de los locales destinados a cuartos de cuadrillas, que distingue entre cuartos temporales (los de fiestas) y permanentes y que, debido a varios retrasos burocráticos, su aprobación definitiva llegará en el pleno del mes de julio. “La Ordenanza lleva aparejada un plazo de dos meses para que entre en vigor en sí misma, por lo que no será legislativa en fiestas de Tudela”, explica Fernando Ferrer, concejal de Juventud, área encargada de la elaboración de la normativa. Por ello, y para evitar que durante Santa Ana 2008 haya un vacío legal a este respecto, el Ayuntamiento ha elaborado unas normas y procedimientos para el registro temporal de los cuartos para fiestas que contiene las mismas claúsulas que serán de obligado cumplimiento a partir de verano.

Se trata de un formulario en el que se establece como periodo de vigencia del cuarto única y exclusivamente el comprendido entre el 1 de julio y el 31 de agosto. En el mismo debe aparecer el nombre de la cuadrilla, los datos de al menos dos miembros del grupo (o representantes en caso de que sean menores de edad), la dirección del local y los datos del propietario (que deberá dar consentimiento para usar su local con tal fin). Además, hay que presentar un croquis del local indicando dónde se encuentran los extintores, elementos de aseo, aparatos eléctricos y superficie (la normativa establece como aforo máximo una persona por metro cuadrado). En cuanto a las exigencias, el local deberá contar con Seguro de Incendio y Responsabilidad Civil.

Temporales y Fijos

Para hacer efectivo el registro, las cuadrillas deben realizar sus solicitudes hasta el 14 de julio en el Ayuntamiento. Posteriormente, se realizará una inspección para ver si reúne condiciones y, tras ello, vendrá el visto bueno. Si no es así o incumplen alguno de los aspectos que determina la normativa, el cuarto podría ser clausurado de forma inmediata además de sancionado si no cumple alguna de las leyes que regula el consumo de bebidas, droga, limpieza viaria y ruido, entre otras. Además, entre las disposiciones generales se establece la posibilidad de que se puedan realizar cuantas revisiones se consideren oportunas “a fin de controlar el correcto funcionamiento de estos cuartos”.

Normativa de Ida y Vuelta

Aunque por ahora sólo se van a regular de forma temporal los cuartos de cuadrillas de fiestas, cuando entre en vigor la nueva ordenanza, también afectará a los cuartos que están en funcionamiento todo el año. Así, ambos entran en la definición dada por la futura normativa referente a “los cuartos de cuadrillas”: aquellos locales que se utilicen como centros de reunión de personas con fines culturales, de ocio, diversión, esparcimiento o similares, sin ánimo de lucro, donde se realicen actividades de ámbito puramente privado que no se hallan abiertos a la pública concurrencia, situados en planta baja de edificios en los cuales la normativa urbanística aplicable permite su instalación y en los cuales no se incluyen servicios de bar, cocina, restaurante o similares. Estos podrán ser permanentes y de fiestas (únicamente podrán usarse durante los meses de julio, agosto y septiembre). La diferencia entre ellos, además de su validez temporal, pasará por la obligación de tener un aseo con inodoro y lavabo los permanentes (aunque en las normas preparadas para estas fiestas sí que aparece como requisito de obligado cumplimiento para los cuartos).
Con estas medidas, Ferrer apuesta por la regulación de los cuartos, algo que hasta ahora no ha contado con mucho éxito en la capital ribera. Prueba de ello son los ocho permisos concedidos por el Ayuntamieto en 2005, los nueve de 2007 y el hecho de que a finales de junio no se haya presentado ninguna solicitud este año. “La gente no suele hacerlo, no está por la labor, aunque esto creo que es más concienciación. Hay un periodo de adaptación y tenemos un año para que la normativa sea obligatoria y los cuartos de fiestas puedan cambiar el chip“, señala Ferrer, quien afirmó que estos locales “son una oportunidad para que en Tudela haya movimiento juvenil”.

La elaboración, aprobación y futura puesta en marcha de esta Ordenanza no ha estado exenta de polémica. Su único antecedente en la capital ribera data de 2006 (antes se regulaba mediante bandos municipales). Por aquel entonces su denominación englobaba los “Centros de reunión de ocio y cuartos de fiestas”, lo que generó no poco malos entendidos al tener que cumplir las mismas obligaciones. Ese mismo verano, los jóvenes se movilizaron y consiguieron recabar más de 800 alegaciones en las que dejaron claro que no estaban de acuerdo con la normativa y que querían ser partícipes de la elaboración de algo que les afectaba directamente.
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Esta acción tuvo su primera respuesta al año siguiente, en las fiestas de Santa Ana de 2007, al no regirse los cuartos por la normativa aprobada el pasado año, sino por un nuevo bando municipal. Sin embargo, no fue hasta primeros de febrero de este año, cuando el Pleno por unanimidad decidió anular la Ordenanza que había sido aprobada en mayo de 2006, teniendo así en consideración las quejas de los jóvenes. Ese mismo día, Fernando Ferrer se compremetía públicamente a elaborar una nueva normativa entre los meses de febrero y junio.