Alfaro

Las lagunas de la Ley de Dependencia

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En la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia existe una gran desproporción entre el peso que se da a los baremos que estiman la dependencia frente a los baremos que estiman la autonomía. Esta es la reflexión que ha hecho Julio Bobes, catedrático de Psiquiatría de la Universidad de Oviedo, en el simposio titulado “Demencia y dependencia”.

Y es que para el catedrático esta descompensación en la importancia que se da a un aspecto y a otro puede dar lugar a que “los enfermos mentales graves acaben recibiendo una ayuda muy inferior a la que realmente precisan” si se aplica la Ley de Dependencia tal y como está.

La cuestión para Bobes estriba en que el contenido y el título de esta ley recoge dos conceptos principales: por un lado, “promoción de la autonomía personal”; y por otro, “atención a las personas en situación de dependencia”. El problema reside en que a la hora de establecer el grado de dependencia –y por tanto el grado de ayuda que se va recibir de las distintas administraciones- tiene más peso los factores que valoran la capacidad funcional y motora del paciente, que su capacidad de toma de decisiones y su potencial cognitivo, que determinan finalmente su grado de autonomía.

Dependencia

El resultado de esta desproporción en la importancia que se da a unos aspectos y a otros se traduce en que a los pacientes mentales graves se les acaba otorgando un nivel de dependencia muy bajo, y por lo tanto, puede resultar que no se les otorguen las ayudas que precisan para la promoción de su autonomía; de este modo, uno de los dos objetivos principales de la ley no se cumpliría de manera óptima.