Navarra

Una orden foral regulará la filmación y fotografía de la fauna y la flora silvestres en Navarra

El Consejo Navarro de Medio Ambiente ha informado favorablemente sobre el tema en su reunión.

Flora y fauna
photo_camera Flora y fauna

Para la emisión de su informe, el Consejo ha considerado que estas actividades “llevadas a cabo en condiciones adecuadas, contribuyen al desarrollo socioeconómico del territorio”.

La orden foral, cuyo texto se puede consultar en Gobierno Abierto y que entrará en vigor una vez publicada en el Boletín Oficial de Navarra, se refiere en concreto a las actividades “de observación, filmación y fotografía de flora y fauna silvestres llevadas a cabo desde la superficie o en vuelo (mediante drones y otros aparatos de vuelo)” y establece cuáles de dichas actividades necesitan o no de autorización.

En concreto, detalla que requieren autorización expresa del servicio competente en materia de Medio Natural, las actividades que se realicen en espacios Red Natura 2000 en los que su propia normativa establezca restricciones a estas actividades, así como las actividades que requieren la captura o retención de fauna, o las que requieren la colocación de estructuras fijas para la observación, filmación, y fotografía de fauna (hides) con uso comercial. Por su parte, requerirán de una declaración responsable, actividades como la colocación de cámaras de foto trampeo o las esperas o hides provisionales para especies no amenazadas.

El texto de la futura Orden Foral precisa también cuáles son las consideradas buenas prácticas en la observación, filmación y fotografía de fauna y flora silvestres, tales como la seguridad de quien realiza la actividad, el conocimiento del comportamiento, biología y requerimientos de la especie, y evitar cualquier alteración o manipulación irreversible del paisaje y sus valores, así como la excesiva proximidad a los ejemplares de fauna silvestre.

Revisión de la Orden Foral de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos

En la misma sesión del Consejo Navarro de Medio Ambiente, se ha informado también positivamente sobre la modificación de la Orden Foral que revisa las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias.

La modificación se refiere al anexo I, el Programa de Actuaciones 2018-2021 para la prevención de la contaminación por nitratos, por haberse solicitado desde la Comisión Europea determinadas puntualizaciones, y al haberse detectado en las actividades de divulgación del mismo la posibilidad de incluir nuevos cultivos y de revisar varios límites a la aplicación de nitrógeno.

Finalmente, los integrantes del Consejo han informado también favorablemente sobre el Plan Director del ciclo integral del agua de uso urbano.

El Consejo Navarro de Medio Ambiente es un órgano colegiado con funciones de asesoramiento, participación y consulta en materia de medio ambiente y compuesto por representantes de organismos y de la Administración, que se renuevan cada cuatro años. En concreto, están representados el Departamento, la Federación Navarra de Municipios y Concejos, las federaciones navarras de Montaña, de Caza y de Pesca, la Universidad Pública de Navarra, la Universidad de Navarra, la Confederación de Empresarios de Navarra, la Asociación de Empresas Laborales, la Asociación de Consumidores Irache, la Asociación de Cazadores de Navarra, los sindicatos, UAGN, EHNE, UGT, ELA, CCOO y LAB, y las organizaciones Lurra, Ekologistak Martxan Iruña, Ecologistas en Acción de la Ribera y Yesa + No.