Alfaro

Las prestaciones realizadas por los dentistas estarán exentas de I.V.A.

Ante la alarma despertada en el ámbito de la Odontología y Estomatología provocada por la información publicada recientemente en algunos medios de comunicación referida al análisis que está realizando el Gobierno con la intención de elevar la base imponible de algún producto con I.V.A. reducido (8%), y en particular a las referencias realizadas sobre que la asistencia dental está gravada con este tipo reducido de I.V.A., el Colegio de Dentistas de Navarra quiere aclarar a los medios de comunicación, la población y a los odontólogos y estomatólogos que, en nuestro país, “las prestaciones de servicios realizadas en el ámbito de sus respectivas profesiones por estomatólogos, odontólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales, así como la entrega, reparación y colocación de prótesis dentales y ortopedias maxilares realizadas por los mismos, cualquiera que sea la persona a cuyo cargo se realicen dichas operaciones, están exentas del Impuesto sobre Valor Añadido.



Por consiguiente, si algún paciente solicitara la emisión de una factura, el dentista deberá informarle que los servicios clínicos realizados por odontólogos y estomatólogos están exentos de dicho impuesto, y así deberá quedar reflejado en la factura: “Factura exenta de I.V.A. (artículo 20. Uno. 5º- Ley 37/1992)”.